El código penal regula en su artículo 336 como hecho delictivo el uso de veneno y el de cebos envenenados.
El texto dice textualmente
«El que, sin estar legalmente autorizado, emplee para la caza o pesca veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva o no selectiva para la fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en cualquier caso, la de inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar o pescar por tiempo de uno a tres años. Si el daño causado fuera de notoria importancia, se impondrá la pena de prisión antes mencionada en su mitad superior».

Guardas rurales en busca de sustancias prohibidas.
Evitan el envenenamiento de perros de caza
Los pasados lunes y martes, los guardas rurales de la isla de La Gomera, junto con agentes forestales del Parque Nacional de Garajonay y agentes de Medio Ambiente del Cabildo Insular de La Gomera, con el apoyo incondicional y necesario de la Unidad Canina Antiveneno del Gobierno de Canarias, con su guía canino de la empresa «GESPLAN», han desarrollado un operativo de inspección en distintas áreas de la isla, donde se han recibido denuncias de vecinos alertando del posible envenenamiento de varios animales domésticos y en otras zonas como medio preventivo ante la inminente apertura de la veda de caza con arma de fuego el próximo domingo día 6 de octubre. El principal activo que se ha detectado en los cebos envenenados ha sido carbofurano, producto pesticida prohibido por la normativa vigente.





